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lunes, 23 de junio de 2014

Aconfesionalidad distinto de laicismo

"Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones"
Este es el artículo 16.3 de la Constitución Española. Mucho se habla de este artículo en relación a que algunos dicen que avala un cierto laicismo por parte del Estado, pero ¿es lo mismo aconfesionalidad y laicismo?

Adolfo Suárez y el Cardenal Tarancón

Objetivamente no es así. Un Estado aconfesionalidad es aquel que no tiene religión oficial, pero que respeta las creencias de cada persona hasta el punto de tenerlas en cuenta y mantener relaciones con las diversas confesiones. En el Estado laico, además de no tener religión oficial, ni las autoridad políticas, ni la sociedad civil debe adherirse a una religión en concreto. La religión, por lo tanto, queda en lo oculto. Lo secreto. El error puede que provenga del hecho en que ambos estados, aconfesional y laico, no tienen religión oficial, aunque en el caso de este último es impensable que se firme un concordato con la Santa Sede. Un ejemplo de Estado aconfesional es España, que tiene tratados de colaboración con la Iglesia Católica, con la que se coopera de manera especial, por ejemplo mediante la financiación a través del IRPF, además de fondos públicos de creyentes, no creyentes y ateos, (donde se puede destinar a fines sociales o a la iglesia católica, pero no a otras iglesias siempre y cuando se marque la famosa cruz en los impuestos); y también con la judía, con la islámica y con la evangélica. 
Por otro lado, también hay personas que malintencionadamente arguyen que aconfesionalidad y laicismo son lo mismo para sostener determinadas actitudes radicales con respecto a la religión mayoritaria, siendo muchas veces, la Iglesia Católica. 

Juan Carlos I sanciona la Constitución Española

Muchos dicen que la aconfesionalidad es una especie de laicismo positivo, ya que fomenta y protege el sentido básico de la Libertad Religiosa y que, por lo tanto, cualquier persona puede decir, independientemente de su posición social, que pertenece a determinado credo sin ser increpado o detenido.

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